El transporte de cilindros o también llamados extintores, deben cumplir con las condiciones reguladas por el Ministerio de Transporte colombiano con el fin de minimizar los riesgos, garantizar la seguridad y proteger la vida y el medio ambiente.
El Ministerio de Transporte en el decreto 1609 de 2002, el cual reglamentó el manejo y transporte terrestre automotor de mercancías peligrosas por carretera y la Norma Técnica Colombiana NTC 2880, norma que establece los requisitos que debe cumplir el transporte y el manejo terrestre de cilindros que contengan mercancías peligrosas de la clase 2; como gases comprimidos, gases licuados (excepto GLP), gases disueltos bajo presión y líquidos criogénicos.
Seis pasos para transportar responsablemente los extintores.
Los vehículos deben cumplir con las siguientes características para transportar cilindros:
1. El vehículo debe estar acondicionado con una plataforma plana y con dispositivos de fijación para los cilindros; dichos elementos de fijación no podrán originar chispas.
2. La señalización debe cumplir con los parámetros del sistema globalmente armonizado; rotulación para mercancías peligrosas y códigos UN según el tipo de sustancia que se va a transportar.
3. Los vehículos deben poseer un sistema de cargue y descargue y de una descarga a tierra. Además debe estar acondicionado con sistemas de ventilación natural adecuada con el fin de que se puedan evacuar los gases acumulados si se presenta algún incidente.
4. El automotor debe estar dotado con dos extintores ubicados en la parte anterior de la carga y acordes con las características del producto que está transportando con el fin de mitigar un posible conato de incendio, además de un botiquín y el kit de derrames.
5. El transporte de los cilindros se debe realizar en posición vertical y garantizando una fuerte fijación de los mismos.
6. Los conductores que transporten materiales peligrosos deben capacitarse y certificarse en el transporte de mercancías peligrosas. Según el Decreto 1079 de 2015, las empresas transportadoras, generadoras y receptoras de mercancías peligrosas deben certificar a sus conductores.
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